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REQUISITOS DE AFILIACIÓN  

Para estar afiliado al Sindicato de Servidores Públicos de la Ciudad de México, se requiere: 

I. Ser trabajador al servicio de la Jefatura del Gobierno del Distrito Federal y trabajar en la Ciudad de México, con seis meses de antiguedad aún cuando presten sus servicios como evntuales en las Dependencias Centrales y Delegaciones de dicha Jefatura.

II. Ser mexicano por nacimiento o naturalización.

III. Solicitar por escrito su afiliación ante el Comité Ejecutivo General  

DERECHOS Y OBLIGACIONES COMO AFILIADO

PAPELERÍA.

  • Credencial de elector vigente"INE" (dos copias).

  • Credencial de la dependencia a la que se pertenece. 

  • Último recibo de pago.

Articulo 17.- Los afiliados del Sindicato podrán estar en receso de sus derechos, sindicales, cuando disfruten de una licencia sin goce de sueldo o cuando ocupen una plaza de confianza dentro de cualquier estructura del Gobierno del Distrito Federal, o bien sea en cualquier Secretaría del Ejecutivo Federal. 

Artículo 18.- Son obligaciones y derechos de los Trabajadores afiliados al Sindicato: 

I.- Acudir con puntualidad a todos los actos, sesiones, mitines, manifestaciones, huelgas y actos que participe el Sindicato, atendiendo las cietas que le hagan los funcionarios del Comité Ejecutivo General. 

II.- Cumplir y hacer cumplir el Estatuto, así como toas las disposiciones y acuerdos que emanen de los Órganos de dirección del Sindicato. 

III.- Cumplir cabalmente con las comisiones que se les asignen, con honestidad, honradez y eficincia.

IV.- Cubrir con puntualidad con el pago e las cuotas sindicales establecidas 

V.- Guardar total discreción de todos los asuntos sindicales con personas ajenas al Sindicato, por lo que los asuntos sindicales nunca y por ningún motivo podrán hacerlos personales, ni tampoco los asuntos personales hacerlos sindicales.

 

VI.- Sujetarse literalmente y sin pretexto alguno a la dirección del Comité Ejecutivo General en caso de huelga. 

 

VII.- Abstenerse de involucrarse en agrupaciones contrarias al Sindicato y en consecuencia no participar en ellos. 

 

VIII.- Prohibido usar el nombre, escudo o el lema del Sindicato para asuntos ajenos al mismo. 

 

IX.- Votar en los procesos en los que se necesite su participación.

 

X.- Ser votado en los comicios para la elección de dirigentes, ya sea en el Comité Ejecutivo General de Dependencia Central o en los Delegacionales. 

 

XI.- Tener voz y voto en las asambleas de los Comités Delegacionales o de Dependencias. 

 

XII.- Ser representado dignamente y con conocimiento de causa, para resolver la controversia laboral ante las autoridades patronales del Gobierno del Distrito Federal como en los Tribunales correspondientes. 

 

XIII.- Ser representado imparcial, justo y objetivo ante la Comisión Mixta de Escalafón en el desarrollo del procedimiento del concurso, hasta la adjudicación de la plaza o revisión del citado proceso escalafonario. 

 

XIV.- Gozar de las prestaciones sociales que gestione el Sindicato para sus afiliados y sus familiares.

 

XV.- Ocupar cargos de Representción Sindical.

 

XVI.- Participar en los eventos organizados por el Sindicato.  

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